<p class="wp-block-paragraph"><strong>Aprueban pase libre multimodal digital para transporte público terrestre y fluvial bonaerense</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La subsecretaría de Transporte bonaerense aprobó hoy el Pase Libre Multimodal Digital (PLMD), como credencial válida para el<strong> acceso gratuito al transporte público terrestre y fluvial en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, para personas con discapacidad, trasplantados y en lista de espera que gozan del beneficio de transporte gratuito.</strong></p>



<figure class="wp-block-image"><img src="https://www.telam.com.ar/advf/imagenes/2021/10/61681e634aa99_1004x565.jpg" alt="La versión digital cuenta con la misma información que la credencial física."/></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Lo hizo mediante la resolución 57 publicada en el Boletín Oficial del distrito, donde destacó que <strong><em>&#8220;el Pase Libre Multimodal, en sus dos versiones, Digital (PLMD) y formato tarjeta, surtirá idénticos efectos a los fines de garantizar a los beneficiarios del mismo, el pleno goce de los derechos reconocidos en la normativa vigente&#8221;.</em></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Se especificó que el Pase Libre Multimodal Digital &#8220;se generará en forma automática a la emisión de su versión en formato tarjeta, aprobada por Resolución N° 55/2020, y se visualizará a través de la aplicación <strong>&#8220;Mi Argentina”.</strong></p>



<figure class="wp-block-image"><img src="https://www.laautenticadefensa.net/2016/04/01/160401-1.JPG" alt="Cedió un muelle y tres chicos cayeron al agua ayer en el Canal Alem - Noticias de Campana, La Auténtica Defensa"/></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Se remarcó que la versión digital de la credencial <em><strong>&#8220;cuenta con la misma información que la credencial física, y la actualización de los datos es inmediata, lo que significa que cualquier cambio de estado en la situación del PLM se verá reflejado en la credencial digital&#8221;.</strong></em></p>



<p class="wp-block-paragraph">Además, se aclaró que <strong><em>&#8220;teniendo en cuenta el principio de autonomía progresiva consagrado en las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación sobre la capacidad jurídica de los niños, niñas y adolescentes, resulta importante señalar que el PLMD &#8220;podrá ser utilizado por los beneficiarios contemplados en la normativa vigente, a partir de los 13 años&#8221;.</em></strong></p>

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