<p class="wp-block-paragraph">El Gobierno bonaerense agregó hoy las actividades náuticas deportivas a motor con familiares convivientes y las actividades de vuelo libre sin motor monoplaza a la lista de deportes individuales permitidos en la provincia de Buenos Aires.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Lo hizo a través de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito con la firma del jefe de Gabinete bonaerense, Carlos Bianco.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Allí se recordó que, en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el coronavirus<strong>, ya se había exceptuado de la prohibición de circular a la práctica de deportes individuales, y la asistencia a clubes e instituciones públicas y privadas, y polideportivos donde se realicen las actividades.</strong></p>



<figure class="wp-block-image"><img src="https://i0.wp.com/nautispots.com/wp-content/uploads/2020/10/F5A643F6-71CB-4335-B281-CE8F3BDD204A.jpeg?resize=696%2C841&;ssl=1" alt=""/></figure>



<p class="wp-block-paragraph">En la provincia de Buenos Aires ya se había permitido<strong> atletismo; tenis y paddle (single), canotaje, natación en aguas abiertas, yachting, remo, golf, skateboarding, preparación física individual con entrenador personal, deportes ecuestres, ciclismo con circuito determinado, escuelas de patín carrera y artístico, surf, pesca deportiva, tiro deportivo, bádminton, tenis de mesa, y la práctica de colombofilia.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Esas actividades se habilitaron únicamente en instituciones deportivas públicas o privadas, incluyendo clubes y polideportivos, de lunes a viernes y en espacios al aire libre, bajo el estricto cumplimiento del protocolo aprobado para tal fin.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Ahora, se añadió al listado de deportes individuales a las actividades náuticas deportivas a motor con familiares convivientes y las actividades de vuelo libre sin motor monoplaza.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La resolución advierte que las personas alcanzadas por estas autorizaciones <strong>&#8220;deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación -Emergencia Covid-19&#8221;</strong> y que <strong>&#8220;sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada&#8221;.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">También aclara que<strong> &#8220;las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado de las y los trabajadores con el fin de preservar su salud, procurando que los mismos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros&#8221;.</strong></p>

Habilitan actividades náuticas deportivas y de vuelo libre sin motor en la provincia de Buenos Aires

