<p class="wp-block-paragraph"><strong>El Gobierno promulgó la ley que establece la eliminación del trámite de fe de vida a jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas, y, de este modo, quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Se trata de la ley 27721, que había sido sancionada por el Congreso el 5 de julio y que ahora fue promulgada por medio del Decreto 365/2023, publicado este lunes en el Boletín Oficial.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>La norma dispone que los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del  ;Sistema de Pensiones no Contributivas quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida</strong>, así como cualquier trámite complementario con igual fin, quedando sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img src="https://tigrenoticias.com.ar/wp-content/uploads/2023/07/WhatsApp-Image-2023-07-17-at-3.49.08-PM-1-1024x576.jpeg" alt="" class="wp-image-22202"/></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Además, ;<strong>los haberes o prestaciones de la seguridad social que integran el SIPA,</strong> ;como aquellas comprendidas en el Sistema de Pensiones no Contributivas a cargo del ANSeS no requerirán, en ningún caso, de la realización de acción deliberada alguna a cargo de la persona beneficiaria o apoderada para acreditar supervivencia.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Las entidades que realicen pagos de jubilaciones y pensiones,</strong> ;por su parte, tienen la obligación de rendir como impagos los fondos pagados con posterioridad a la fecha de fallecimiento de la persona titular del beneficio, de acuerdo con el texto oficial.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte,<strong> ;la ANSeS quedó facultada para dictar las normas aclaratorias y complementarias pertinentes a la ley.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El decreto de promulgación lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete Agustín Rossi y se la ministra de Trabajo Raquel Kismer de Olmos.</p>

Jubilaciones: ya es oficial la eliminación del trámite de fe de vida

