Los locales gastronómicos deben atender en espacios al aire libre

Los bares y restaurantes deben ajustarse desde esta mañana y por el término de 15 días a una de las disposiciones fijadas por el Decreto 241/2021 publicado en el Boletín Oficial que indica que, en el horario de 6 de 19, en el que pueden funcionar, “solo podrán atender a sus clientes y clientas en espacios habilitados al aire libre”

Se trata de una de las medidas establecidas por el Gobierno nacional para mitigar la propagación de la segunda ola de coronavirus en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

En su artículo 5, la norma dispone que los locales gastronómicos deberán cerrar sus puertas “entre las DIECINUEVE (19) horas y las SEIS (6) horas del día siguiente, salvo en las modalidades de reparto a domicilio y para retirar en el establecimiento en locales de cercanía”.

Las medidas oficializadas para contener el aumento exponencial de casos de coronavirus, están vigentes desde el primer minuto del viernes y hasta el 30 de abril

Al mismo tiempo, expresa que “entre las 6 y las 19 horas” los bares y restaurantes “solo podrán atender a sus clientes y clientas en espacios habilitados al aire libre”.

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En su artículo 5, la norma dispone que los locales gastronómicos deberán cerrar sus puertas “entre las DIECINUEVE (19) horas y las SEIS (6) horas del día siguiente, salvo en las modalidades de reparto a domicilio y para retirar en el establecimiento en locales de cercanía”.

Las medidas oficializadas para contener el aumento exponencial de casos de coronavirus, están vigentes desde el primer minuto del viernes y hasta el 30 de abril

Al mismo tiempo, expresa que “entre las 6 y las 19 horas” los bares y restaurantes “solo podrán atender a sus clientes y clientas en espacios habilitados al aire libre”.

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