<p class="wp-block-paragraph"><strong>El Gobierno nacional publicó hoy el nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que establece un confinamiento estricto, entre el 22 de mayo y el 30 de mayo, en las zonas de Alto Riesgo y Alarma Epidemiológica, además de los días 5 y 6 de junio de 2021.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El DNU, que tiene una extensión de 15 páginas y estará vigente hasta el próximo 11 de junio inclusive, prorroga las diferentes restricciones que estaban vigentes hasta el momento y que son implementadas de manera puntual en cada distrito del país teniendo en cuenta su situación sanitaria particular.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img src="https://tigrenoticias.com.ar/wp-content/uploads/2020/06/unnamed-2020-06-29T170649_opt.jpg" alt="" class="wp-image-1306"/></figure>



<p class="wp-block-paragraph">En tanto, la normativa establece que &#8220;l<em><strong>os grandes aglomerados urbanos, departamentos o partidos de más de 300.000 habitantes, serán considerados en situación de alarma epidemiológica y sanitaria cuando la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos catorce (14) días por cien mil (100.000) habitantes sea igual o superior a quinientos (500) o el porcentaje de ocupación de camas de terapia intensiva sea mayor al ochenta por ciento (80%)&#8221;.</strong></em></p>



<p class="wp-block-paragraph">En el artículo 3 del DNU, detalla que las jurisdicciones que se encuentren en situación de &#8220;Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario&#8221; o de &#8220;Alarma Epidemiológica y Sanitaria&#8221; se aplicará la <strong><em>&#8220;suspensión de la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales&#8221;.</em></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">En ese marco, establece en las zonas de Alto Riesgo y Alarma Epidemiológica se aplicará el confinamiento &#8220;<em><strong>desde el 22 de mayo y hasta el 30 de mayo de 2021 inclusive y los días 5 y 6 de junio de 2021&#8243;.</strong></em></p>



<p class="wp-block-paragraph">Además, precisa que &#8220;<em><strong>las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios&#8221;.</strong></em></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong><em>&#8220;Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular (entre las 06:00 y las 18:00)</em></strong>&#8220;, señala el DNU, y aclara que <strong><em>&#8220;en ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia&#8221;.</em></strong></p>


<div class="wp-block-pdfemb-pdf-embedder-viewer"><a href="https://tigrenoticias.com.ar/wp-content/uploads/2021/05/DECRE-2021-0334-APN-PTE.pdf" class="pdfemb-viewer" style="" data-width="max" data-height="max" data-toolbar="bottom" data-toolbar-fixed="off">DECRE-2021-0334-APN-PTE</a></div>
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<p class="wp-block-paragraph">También detalla que en dichas zonas solamente podrán circular las personas consideradas trabajadores esenciales, quienes deberán <strong>&#8220;portar el &#8216;Certificado Único Habilitante para Circulación &#8211; Emergencia COVID-19&#8217; que las habilite a circular y, en su caso, al uso de transporte público&#8221;.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong><em>&#8220;Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada&#8221;</em></strong>, subraya el decreto.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por otra parte, indica que<strong><em> &#8220;las jurisdicciones con mayor ocupación promedio de camas de terapia intensiva son las provincias de Mendoza, Santa Fe, Río Negro, Neuquén, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Tucumán, Formosa y Corrientes&#8221;.</em></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">En esa línea, puntualiza que <strong><em>&#8220;ante la actual situación epidemiológica, las medidas de prevención de COVID-19 se deben fortalecer en todo el territorio nacional, evaluando las particularidades de cada partido o departamento, la dinámica de la epidemia y el conocimiento adquirido acerca de las actividades de mayor riesgo&#8221;.</em></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La normativa destaca que <strong><em>&#8220;resulta fundamental el control por parte de las jurisdicciones del cumplimiento de las medidas establecidas a nivel nacional y de aquellas implementadas específicamente en cada jurisdicción&#8221;.</em></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Por último, afirma que <strong><em>&#8220;el presente decreto se dicta con el fin de contener y mitigar la propagación de la epidemia de COVID-19 así como de preservar la salud pública&#8221;</em></strong>, y agrega: <strong><em>&#8220;El mismo guarda relación y es consonante con el proyecto de ley sometido a discusión parlamentaria&#8221;.</em></strong></p>

Medidas: “NO se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia”

