<p class="wp-block-paragraph">Los bares y restaurantes deben ajustarse desde esta mañana y por el término de 15 días a una de las disposiciones fijadas por el <a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/243058/20210416" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Decreto 241/2021</a> publicado en el Boletín Oficial que indica que, en el horario de 6 de 19, en el que pueden funcionar, <strong>&#8220;solo podrán atender a sus clientes y clientas en espacios habilitados al aire libre&#8221;</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Se trata de una de las medidas establecidas por el Gobierno nacional para mitigar la propagación de la segunda ola de coronavirus en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).</p>



<p class="wp-block-paragraph">En su artículo 5, la norma dispone que los locales gastronómicos deberán cerrar sus puertas &#8220;<strong>entre las DIECINUEVE (19) horas y las SEIS (6) horas del día siguiente, salvo en las modalidades de reparto a domicilio y para retirar en el establecimiento en locales de cercanía&#8221;.</strong></p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow"><p>Las medidas oficializadas para contener el aumento exponencial de casos de coronavirus, están vigentes desde el primer minuto del viernes y hasta el 30 de abril</p></blockquote>



<p class="wp-block-paragraph">Al mismo tiempo, expresa que <strong>&#8220;entre las 6 y las 19 horas&#8221;</strong> los bares y restaurantes <strong>&#8220;solo podrán atender a sus clientes y clientas en espacios habilitados al aire libre&#8221;.</strong></p>

Los locales gastronómicos deben atender en espacios al aire libre

